Órganos de Gestión del Parque Nacional

El Parque Nacional se gestiona mediante la Comisión de Gestión del Parque Nacional de Picos de Europa, en la que están representadas autoridades administrativas de las tres comunidades autónomas (Asturias, Cantabria y Castilla y León), además de, con voz pero sin voto, un representante de la Administración General del Estado y otro de los Ayuntamientos del Parque Nacional. Cuenta con oficina administrativas y de información al visitante en Cangas de Onís (Asturias), la histórica “Casa Dago”, y en Posada de Valdeón (León) y Tama (Cantabria). A su vez, la sede principal del Parque Nacional y del Consorcio Interautonómico constituido por las tres CC.A. para la ejecución de las actuaciones comunes de gestión del Parque, tiene su sede en Oviedo.El parque nacional cuenta con tres Co-Directores (uno por cada Comunidad Autónoma), a los qe corresponden las actuaciones de gestión en sus respectivos ámbitos territoriales, ejerciendo uno de ellos, por turno anual rotatorio, la función de Director-Conservador de cara a la Red de Parques Nacionales y otras funciones representativas. El Co-Director que ejerce de Director lohace también como Gestor de la Reserva de la Biosfera. El Parque cuenta con una plantilla de 75 trabajadores fijos, dedicados a labores de atención al público, educación ambiental, guardería, etc.

La Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales, establece en su artículo 21 que la gestión y organización de los parques nacionales corresponde a las comunidades autónomas. En los casos de los parques nacionales, que se extienden por territorios de dos o más comunidades autónomas, el Gobierno de la Nación y los órganos de gobierno de dichas comunidades podrán suscribir acuerdos para establecer fórmulas complementarias de gestión y administración. Para el caso concreto de este espacio protegido, las comunidades de Cantabria, Castilla y León y el Principado de Asturias suscribieron un convenio de colaboración para la gestión coordinada del Parque Nacional de Picos de Europa, estableciendo los siguientes órganos de gestión, participación y coordinación:

organos_de_gestion

Toda esta estructura administrativa viene recogida en el Convenio de Cooperación y en los “Estatutos reguladores de los órganos de gestión y participación, y del Consorcio para la gestión coordinada del Parque Nacional de los Picos de Europa”, que pueden consultarse en el apartado de “Normativa” de esta página web.